viernes, 27 de octubre de 2017

LA DEMOCRACIA QUE DEBERIAMOS TENER - II -

Tenemos - grácias a los cambalaches y trapicheos de la "transición   bendecidos mediante la Constitución de 1978 - una DEMOCRACIA REPRESENTATIVA  ,con más agujeros que un colador , que necesita un montón de reformas  ( ya que no están por la labor de abrir un PROCESO CONSTITUYENTE, de efectuar un reseteo del sistema ) para instaurar una auténtica representación ciudadana : una participación  ciudadana en el control , efectivo ,  de los "asuntos públicos " .
   Tenemos , dicen , una Democracia Representativa : los ciudadanos eligen , cada " n " años  , a sus representantes para que ejecuten una cierta política en nombre de la ciudadanía . Una política que debería ser la que , préviamente ,  presentaron en su programo electoral ; un programa electoral por el que , esos representantes ,  recibieron la confianza del electorado , de los ciudadanos , para conformar una mayoría de gobierno .
  ¿ Es esto , efectívamente , así ? .
  La respuesta no puede ser otra que NO . A la actualidad me remito .
    La Constitución del 78  , se dice ,  consagra la separación de poderes , garantiza los derechos de la ciudadanía y establece límites a esos derechos para que sean compatibles los derechos de unos y otros .
   La Constitución de 1978 , dicen , garantiza los derechos y libertades fundamentales : alimentación , vestimenta , trabajo , educación , sanidad , justícia y seguridad ; libertad de pensamiento , expresión , reunión y asociación ; derecho a información veraz y plural  ....
  ¿ Es esto cierto ?
   Em teoría , sobre el papel , es cierto pero como decía un político decimonónico : " Hagan Vds.la Ley , que yo haré el Reglamento". 
     Y a fe que se ha cumplido esa sentencia porque   los "reglamentos "  que se han hecho para aplicar la Constitución de 1978  la dejan en  mero papel mojado : los  principios que proclama la Constitución  , por esos "reglamentos " , han quedado en simple  declaración bienintencionada de principios  pero sin  apenas posibilidad de aplicación , real , efectiva , por parte de la ciudadanía .

  ¿ Qué  "reformas constitucionales  " habría que emprender ?

    CÁMARA DE DIPUTADOS , Congreso ,  debe ser una verdadera Cámara de representación de los ciudadanos y no de facciones políticas .

    El  SENADO  debe ser la Cámara de representación de los territorios , donde se conoce y legisle sobre la relación  de los territorios entre si y de éstos con el Estado/Gobierno .

   Los CARGOS PÚBLICOS deben ser elegidos en voación libre , directa y secreta ( el anonomato es la mejor garantía de libertad ) : con ello se evita la disciplina de voto impuesta desde los partidos políticos y el clientelismo , coptación , neotismo  ... imperantes en la actalidad  .
   
   Implantación  del MANDATO IMPERATIVO  de los electores sobre los electos : la obediencia de los electos se debe a los electores y no a los partidos políticos .

   Implantación  del JUICIO DE RESIDENCIA :  todos los cargos políticos y administrativos ,  electos  o designados  deben someterse , una vez finalizado su mandato , a una fiscalización - efectiva y exhaustiva - de sus acciones e inacciones no pudiend aceptar cargo alguno  en tanto no se sustancie esa fiscalización  . En caso de serle encontrada cualquier acción reprochable - penal o administrativamente -  no podrán optar reelección  para cargo alguno , con independencia de la corrección penal si procediera , y sin posibilidad de acogerse a medida de gracia alguna .

   La FINANCIACIÓN DE LOS PARTIDOS POLITICOS  y el resto de CUERPOS INTERMEDIOS  debe ser totalmente transparente y controlada por órgano habilitado ad hoc  : deben autofinanciarse , exclusíva y excluyentemente ,   a través de las cuotas  de sus afiliados y quedando prohibida su financiación  a través de personas jurídicas o físicas  ( donaciones ) . NO DEBE HABER FINANCIACIÓN EXTERNA DE NINGUN TIO  y las ayudas del estado deben circunscribirse al tratamiento fiscal , facilitar su acceso a los medios de comunicación  social ...

  Los GASTOS ELECTORALES  de los partidos políticos deben ser financiados por los propios medios de los partidos sin posibilidad de acceso a crédito y financiación alguna .
  Los  actos electorales deben ceñirse , exclusívamente , a dar a conocer sus propuestas a la ciudadanía . 
   Para ello , el Estado pondrá a disposición de todas las candidaturas - fuere del tamaño que fuere y en  condición de estricta igualdad - todo tipo de  medio de comunicación social e infraestructuras  para la realización  de los actos informativos . Las mismas  facilidades se pondrá a disposición de los partidos durante toda la legislatura con el fín de que la información política sobre todos ellos sea lo más extensa posible .

   Los PARTIDOS POLÍTICOS Y CUERPOS INTERMEDIOS deben funcionar internamente en forma democratica a todos los niveles : obligación de ELECCIONES INTERNAS y ELECCIONES PRIMARIAS con el fin de que todos los cargos lo sean por eleccion directa de todos sus militantes o afiliados .

   El PODER EJECUTIVO Y EL PODER LEGISLATIVO deben ser elegidos diréctamente por la  ciudadanía mediante elecciones separadas - PRESIDENCIALES Y LEGISLATIVAS - para conseguir una , efectiva , separación  de poderes y que el Ejecutiva dependa diráctamente de la ciudadanía y no del partido que obtuvo la mayoría .

   El PODER JUDICIAL no debe  ser designado por el Poder Político  : sus ORGANOS DIRECTIVOS serán elegidos por un ORGANO COLEGIADO , de carácter estatal ,  compuesto en forma mixta :  miembros elegidos diréctamente por la ciudadanía y por juristas  elejidos por los jueces y fiscales  y sindo la función de ´ñestos la de asesoramiento a los primeros . Es de vital importancia que los electos no pertenezcan a la dirección ( de cualquier nivel ) de los partidos políticos .
   Para ello  es preciso implantar las ELECCIONES JUDICIALES  independientemente de las elecciones presidencial y legislativa

   El PODER JUDICIAL  debe tener autonomía financiera para que su independencia , respecto al Poder Político ,  sea total y efectiva y cuyo control  lo ejerza , efectiívamente , la ciudadanía .

   Los MIEMBROS DEL PODER JUDICIAL  serán elejidos ente  candidatos  juristas propuestos  por los jueces .

   El FISCAL GENERAL DEL ESTADO no podrán ser miembro de partido político alguno y será elejido por el Consejo General del Poder Judicial entre los candidatos propuestos por jueces y fiscales .

   ELEMINACIÓN  de cualquier TRIBUNAL DE EXCEPCION  : eliminación , por tanto , de la AUDIENCIA NACIONAL . 

   Ya que todos los ciudadanos deben tener IGUALDAD , EFECTIVA , ANTE LA LEY  evitando cualquier excepción : eliminación  de cualquier aforamiento .

   De los delitos comunes cometidos  por los miembros del Poder Ejecutivo , Legislativo o Judicial entenderán  los tribunales ordinarios .
   De los delitos cometidos por esos poderes en ejercício de las funciones propias del cargo entenderán tribunales constituidos ad hoc por el Consejo General del Poder Judicial .

   El Estado de Dereco debe GARANTIZAR LA SEGURIDAD DE TODOS LOS CIUDADANOS : la justicia  será gratuita para quien acredite  ingresos ( renta y capital )  inferiores o iguales al triple del salario mínimo interprofesional o la cuantía que , como índice , se legisle .

   Los SINDICATOS - cuerpo intermedio - se regirán por los principios ya expuestos para los partidos políticos.

LIBERTAD DE INFORMACIÓN ....

 Próxima entrega ...

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