Los padres - putativos ya que los biológicos fueron otros - de la Constitución de 1978 ( ¡ a buenas horas , mangas verdes ! : ¿por qué no lo hicisteis cuando a la ocasión la pintaban calva ? ) y los partidos políticos - con la boca chica , que no se arremangan poniéndose a la faena - abogan por una reforma constitucional que haga del Senado una Cámara de representación territorial , de los habitantes / pagantes de las CC. AA. ; una representación territorial que sea expresión , en las Cortes Generales , de la voluntad de los ciudadanos de cada C. A; unas Cortes Generales que , no lo olvidemos , son - o deberían - quien representan a la ciudadanía toda española ( Congreso ) y de las CC.AA. ( Senado ) canalizando sus deseos e inquietudes .
Las múltiples demandas que inciden en la necesidad de una reforma constitucional - no digamos de un proceso constituyente - ha despertado un nulo interés por parte de los partidos amorrados - dirécta o indiréctamente - al pesebre y la ubre ya que tienen un pánico irracional a que salte por los aires su monopolio /oligopolio político .
La cortedad de miras - para lo que no sea sus intereses grupales y personales - ha ido posponiendo una reforma que es esencial para revitalizar la "política " y sin parar en mientes que las carencias , inescamoteables , del sistema hace que no se integren en él todas las instancias - incluidas las territoriales - y eso llavará , más antes que después , a la destrucción , a la amnoia social : si no se reeditan , mejorándolos , abriendolos a toda la sociedad , los valores y acuerdos - entonces interpartido , hoy social - de 1978 acabaremos muy mal : aquello solo debió ser la primara piedra de una descentralización y redistribución del poder político y ahora toca la integración de la pluralidad nacional en las Cortes Generales .
Para ello es necesaria la transformación del estado Autonómico realizando una relectura , en clave federal, de la Constitución de 1978 llevándola a una reforma , en profundidad , que abra el camino hacia un periodo constituyente .
La desaparición de las provincias como circunscripción para la elección de senadores es condción sin la que n es posible la federalización : los representantes en el Senado pasarían a ser elegidos , diréctamente , por los ciudadanos de las , respectivas , CC. AA. en unas elecciones , simultáneas , autonómicas y generales o designados por los parlamentarios autonómicos .
La designación de los escaños del senado debe ser con criterio de proporcionalidad en el "espectroi de preferencias políticas " de cada C.A. y con un contingente , mínimo , común a todas las nacionalidades y completando esa representación tomando como índice la población de cada C.A. más unos representantes designados por los "ciuerpos intermedios " - asoiaciones, colegios profesionales , gremios , sindicatos ....-
La competencia de ee nuevo Senado sería la autonómica : debatir sobre materias que afecten , diréctamente , a las competencias de las CC.AA. abarcando , también , a las entidades locales menores .
El Senado no puede quedar en posición subordinada respecto al congreso pero , caso de discrepancia , éste tendría la última palabra teniendo en cuenta el criterio apuntado por el Senado en aquellos asuntos , más específicos , que atañan a la "vida " de las CC.AA. : los autonómicos y territoriales .
El Senado , como institución representativa de las Españas , debe quedar articulado como principal foro de encuentro de las nacionalidades para , así , conformar la voluntad del Estado : debe entender en las iniciativas legislativas que le remitan los parlamentos de las CC.AA. y en los recursos y procedimientos que afecten a las relaciones intergubernamentales y de estructuración de las Españas : el Senado debe articular el "sentir " territorial de las Españas frente al proceso de convergencia europea .
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