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PARTITOCRACIA : Sistema de gobierno que no representa a la mayoría de la sociedad y si a una minoría relativa de ella ( ¿"minoría mayoritaria "?)
Debido a esa minoría , le grupo político " dominante " se ve obligado a pactar sus objetivos , uno tras otro , con otros grupos- , a su vez , minoritarios ( grupos que pueden tener visiones , objetivos e intereses politico-sociales antiteticos ) para lograr el poder y mantenerse en él .
Véase la actualidad : voces que demandan una "gran coalición " y los antinaturales "maridajes " a nivel local ( ayuntamientos ,provincias , comunidades ...) .
Una vez conseguido el poder , subido al machito , el partido político triunfante no se limita a ser un gestor de los asuntos públicos como cauce de la participación de la ciudadanía ; muy por contra se constituye en "un todo " aokupando y controlando todo : incluso los poderes que deberían ser independientes.
Esto , ¿no es un " totalitarismo democratico " ? - la democracia trasmutada en partitocracia - .
"El hombre " nace y vive en el seno de una familia, reside en un municipio ...: es , por naturaleza racional y social .
"El hombre" , por naturaleza, es libre .
"El hombre " , por naturaleza tiene el derecho inalienable de poder asociarse con quienes participan de similares ideas, creencias e intereses. y , mediante esa asociación o "por libre" de participar en las tareas del Estado.
La democracia diseñada ,a partir de la Constitución de 1978, para España ha sido un completo fracaso : no ha sido capaz de consolidar un contenido político auténticamente democratico .: es una democracia formal que ha derivado en un "totalitarismo democratico " ( ni siquiera llega a despotis mo ilustrado .... porque carece de cualquier tipo de ilustración ) Y valga la , aparente , contradicción entre sustantivo y adjetivo .
Se hace necesario , perentoriamente necesario , " democratizar la democracia " para que los partidos políticos se dediquen a o que , por su naturaleza , les corresponde .
Formulémonos unas preguntas ...
¿ Por qué los partidos políticos excluyen otros cauces ,distintos ,de participación de los ciudadanos en la política ?
Ese exclusivismo de los partidos políticos, ¿deja fuera de juego a los otros tipos de representación?
El conjunto e la sociedad ,¿ se siente representada en una partitocracia que no es otra cosa que un bipartidismo de turno ?
Ese exclusivismo , ¿ no es el caldo de cultivo para una okupación , ilegítima , de todos los poderes del Estado , de las instituciones públicas y privadas ? ( Totalitarismo democratico )
La democracia consiste en la diversificación de los caucves orgánicos de intereses ( de clase , secto riales ...) ya que son el reflejo de la pluralidad ideológica de la sociedad .
¿ Por qué he afirmado que la democracia diseñada por la Constitución del 78 y en su desarrollo normattivo posterior ha resultado en un fracaso , un fiasco ?
La respuesta no puede ser otra : el desarrollo constitucional se ha venido perpretando a golpe de legislación partidista .
La democracia debe fundamentarse en la naturaleza social de los partidos políticos y en la indepen dencia de los poderes EN ( no es lo mismo que DE ) el Estado - legislativo , judicial , ejecutivo - y el sistema de la Constitución de 1978 fue diseñado, desarrollado , para que descanse , exclusivaa y excluyentemente ,en los partidos políticos : los bendijo como el único cauce de expresión y partici pación ciudadana en política , en la cosa pública .
En ese diseño constitucional -y desarrollo normativo posterior - está el origen de las severas carencias y limitaciones democraticas del sistema español.; unas limitaciones que se acent´çuan y agravan porque los partidos políticos han sobrepasado sus cauces, naturales , transformándose en un "superpoder " que ha acabado por fagotizar al resto de poderes .
La Constituciión del 78 establece las bases - muy a su pesar - para una ámplia y fructífera partici pación ciudadana :
Art. 6.- Los partidos políticos "expresan el pluralismo político y son instrumento fundamental para la participación política " ( fundamental , que no exclusivo )
Art 67 .- "Los representantes elegidos libremente no estarán sujetos por mandamiento imperativo . Los diputados y senadores representan al conjunto de la Nación y o a su partido.
( ¿Si ?, ¿de veras ? . Pues va a ser que no : y tenemos pruebas irrefutables de ello ) .
El desarrollo legislativo y judicial, posterior a la aprobación y proclamación de la Constitución de 1978, del ámbito competencial y de actuación de los partidos políticos ha ido creciendo y , estos , oku pando todos los resortes ejecutivos de la Administración general- autonómica , local y de la "sociedad civil " - ; un desarrollo legislativo que ha terminado siendo una pura contradición conceptual de la naturaleza política y jurídica de los partidos políticos .
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